Conozca la diferencias pensionarias que existen entre las AFP y la ONP
Los jóvenes que ingresan a trabajar a una entidad o empresa formal por primera vez deberán afiliarse a un sistema pensionario que les permita gozar a partir de los 65 años una pensión de jubilación. A continuación les damos a conocer las dos alternativas entre las que tiene que elegir.
ONP
Aquí le descontarán el 13% de su sueldo, el cual irá a un fondo común. En la ONP el afiliado no tiene una cuenta en la que pueda llevar el control de sus aportes realizados. Sin embargo, puede solicitar un reporte se sus cotizaciones cada cinco años.
La ONP no genera rentabilidad. Es decir, el dinero que a usted le descuenten no se reinvertirá. Además, no se puede retirar parte del fondo para comprar su primera vivienda o prepagar un crédito hipotecario.
Si está desempleado por más de un año y tiene más de 55 años no podrá retirar el 95.5% de su fondo acumulado. Por el contrario, usted deberá tener como mínimo 20 años de aportes continuos, caso contrario no le entregarán una pensión.
AFP
A los nuevos afiliados se les abre una cuenta individual de capitalización, en la que se depositan sus aportes (10% del sueldo), más un porcentaje del dinero que tenga acumulado (menor al 1%).
Puede retirar el 25% de su fondo para comprar una vivienda o prepagar un crédito hipotecario. Si tiene más de 55 años y está desempleado o está por jubilarse (65 años) puede retirar hasta el 95.5% de su fondo para utilizarlo en los que desee. El 4.5% restante será para su cobertura de EsSalud. A diferencia de la ONP , los afiliados no requieren tener un mínimo de meses de aportes.
Si usted fallece, el dinero que tiene acumulado pasa a ser masa hereditaria.
A los 65 años recién se puede cobrar el bono de reconocimiento
vacío legal. Trabajadores que hayan pasado de la ONP a una AFP podrán retirar el 95,5% de su fondo previsional cuando lleguen a la edad de jubilación, así se hayan acogido al Régimen de Jubilación Anticipada (REJA).
Cuando el gobierno fujimorista introdujo el sistema de las AFP en el Perú, muchos trabajadores que hasta ese momento venían aportando a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), migraron al Sistema Privado de Pensiones (SPP) con la promesa de que se les entregaría un bono de reconocimiento por los años aportados en la entidad estatal. La fecha de cobro de dicho monto sería al momento de la jubilación (65 años).
Sin embargo, los recientes cambios en el SPPque facultan a los jubilados y a quienes se acogen al régimen de jubilación anticipada (REJA) a retirar el 95,5% de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC), animaron a muchos afiliados, a solicitar la disponibilidad de su dinero, en el supuesto de que se adelantaría el pago del bono de reconocimiento.
Sin embargo, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) precisó que la modificatoria en la ley del SPP aprobada por el Congreso no cambia la fecha en la que se redime este bono.
Esto quiere decir que quienes se acojan al REJA y además se encuentren a la espera del bono de reconocimiento que debe ser emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), deberán esperar hasta los 65 años para disponer del 95,5% del bono. Mientras tanto, solo podrán retirar el porcentaje del fondo restante.
Este es el caso del señor Francisco Ventura, quien tiene un bono de más de S/200 mil, pero debido a que aún tiene 62 años, Profuturo (la AFP a la que pertenece) solo le liberó un poco más de S/8 mil, que es lo que corresponde a sus aportes a dicha administradora.
En un comunicado, Profuturo señaló que la expectativa del señor Ventura no se encuentra respaldada legalmente, pues las leyes que otorgan el derecho de retiro del 95,5% a los afiliados bajo el REJA lo hicieron respecto del saldo disponible correspondientes al momento de ejercer la opción de retiro.
En dicho monto se excluye, entre otros, el bono de reconocimiento "que aún no ha sido redimido ni pagado por la ONP, por tanto, tampoco acreditado en dicha cuenta", indicó Profuturo, que agrega que dicho monto se hace efectivo en la fecha en que el titular cumple la edad de jubilación, como regla general y en el caso de Francisco ventura, solo tiene 62 años.
El afiliado señaló a La República que tampoco puede recibir atención en EsSalud, pues no se había destinado el 4,5% de su fondo, a lo que la administradora indicó que actualmente se encuentran pendientes de la emisión de precisiones adicionales de la SBS sobre la transferencia a EsSalud de dichos montos retenidos en las cuentas de los afiliados que han ejercido su derecho de retiro de hasta el 95,5%. Por lo que señalaron que actuarán conforme lo disponga el regulador.
Una placa para los padres de la patria, por Rolando Arellano
La solución no está en sacarlo del sistema para que aprenda solo.
Los peores padres se despreocupan totalmente de las necesidades de sus hijos, los abandonan o no les dan recursos para vivir y educarse. Los segundos peores padres buscan que sus hijos estén contentos solo en el corto plazo y los tienen felices porque les dan todo lo que piden, no los obligan a estudiar, y si quieren malgastar sus ahorros, no los frenan. Esta parece ser la actitud de los llamados “padres de la patria”, nuestros congresistas, al aprobar que las personas retiren sus fondos de pensiones al cumplir 65 años.
No es que el sistema actual sea ideal, pues hay formas de hacerlo más eficiente y rentable para el pensionista. Pero si nuestro hijo no quiere ir al colegio porque no hay suficientes horas de educación física, la solución no está en sacarlo del sistema para que aprenda solo. Quizá el joven estará feliz con su padre por ello, como lo están muchas personas cuando los políticos toman actitudes populistas como la que ocupa esta columna, pero se lo recriminará duramente cuando el tiempo le muestre lo mal que hizo al no haberlo obligado a estudiar.
Evidentemente no hablamos aquí de niños, sino de personas muy mayores, que supuestamente tienen capacidad de tomar decisiones racionales sobre su vida. Por ello, han decretado no obligarlos a guardar los ahorros para tener una pensión segura y permanente en su vejez, sino dejarlos que decidan sobre la forma en que van a usarlos o invertirlos. Ellos –dicen– lo invertirán mejor que cualquier banco o especialista en el tema.
Con esa lógica, podríamos pensar que las próximas medidas que daría este Congreso, si tuviera tiempo, serían eximir a los mayores de 65 años de la obligación de respetar los semáforos (¿para qué poner reglas a gente que encontrará la mejor forma de transitar?), también la liberalización en ellos del uso de drogas (una persona racional se dará cuenta que no son buenas) y la eliminación del matrimonio civil (dos adultos de esa edad no necesitan de un documento para convivir civilizadamente). Y seguirá la devolución de todo lo que pagaron en Essalud (porque así administrarán mejor sus recursos cuando se enfermen), eximirlos del pago del SOAT, y la eliminación de otras “absurdas” obligaciones, que, en el mismo sentido de la decisión congresal, no respetan la libertad y racionalidad de las personas mayores.
Por eso, sería bueno poner en alguna plaza pública una placa con los nombres de todos los congresistas que aprobaron esta medida. Para que hoy los aplaudan. Y para que en unos cuantos años, cuando muchos ex pensionistas vean que no tienen capacidad de mantenerse y el Estado no esté en condición de ayudarlos, puedan, ellos, sus hijos y sus nietos, recordar a esos padres (de la patria) que por motivos políticos no actuaron como padres responsables.
¿Qué significa que el Parlamento Nacional haya aprobado por insistencia la ley que aprueba la devolución de los fondos de capitalización individual a las personas mayores de 65 años afiliadas a las AFP? Significa que a su elección, el afiliado podrá retirar el 95.5% de sus fondos acumulados al cumplir la mencionada edad y podrá dedicarlos a lo que mejor le parezca.
30/4/2016
Hugo Carrillo Cavero Congresista de la República
De esta manera y con el aplauso del respetable, se ha cerrado en la práctica, el sistema previsional en el que están incorporados más de seis millones de personas y se ha pasado a un sistema de ahorro obligatorio, que al llegar a la edad correspondiente devolverá el dinero ahorrado con los intereses ganados, cerrando así un sistema previsional obligatorio que ya no existirá más. ¿Algún problema para las AFP? ¿Mejorarán los intereses que les pagan a los afiliados desde su ingreso al sistema y hasta que 8 o 9 lustros después llegan al límite de edad? No. Ningún problema para ellas. ¡Los problemas comienzan a los 65 años, cuando los afiliados salen de las AFP!
Lo correcto era (y aún es) corregir el sistema previsional de jubilación. Pero no cerrar la posibilidad de recibir una pensión, precisamente cuando debe comenzar a actuar el sistema previsional, es decir, cuando las personas cumplan 65 años de edad.
Quienes nos hemos opuesto a esta clausura sostenemos que hacer este despropósito es nefasto para el país, pues habremos retrocedido al siglo XIX en esta materia, con el pretexto de que todos nosotros, sobre todos los mayores de 65 años, somos capaces de tomar las mejores decisiones con nuestros recursos.
Lejos de procurar la universalización del derecho a la jubilación al llegar a la edad de la improductividad laboral, hemos terminado por lanzar por la borda lo que en el futuro, con las modificaciones del caso, podría hacer que todos los peruanos podamos contar con un apoyo que nos ayude a afrontar las vicisitudes de esta etapa final de la vida.
Lo hecho por la mayoría parlamentaria equivale a cerrar la otra cara de la política previsional del país, que es el seguro social de salud. Con el mismo criterio podría decirse que como la atención de Essalud es mala o insuficiente, lo adecuado sería cerrar los hospitales y darle a cada quien la alícuota que lo financia y que cada uno se cure como pueda.
El Congreso ha cometido un error monumental que, estoy seguro, hará que como máximo 60 meses después de recibido, la mayor parte del dinero que debía permitir un ingreso mensual para el asegurado y su cónyuge estará gastado en las necesidades del corto plazo que todos tenemos o invertido en iniciativas improductivas en alguno de los 120,000 negocios que cada año se cierran. Entonces los exasegurados voltearán la mirada hacia sus hijos, la generación joven, que una vez más tendrá que solventar, mal que bien, los gastos de los padres y abuelos, multiplicando así su carga por la estupidez de unos pocos políticos sordos, miopes e irresponsables.
Desde el 27 de mayo se podrá retirar fondos de las AFP
¡Ojo! Si inicia trámite el 16. Afiliado de 65 años que retire una parte de su dinero acumulado dejará un porcentaje para tomar una pensión bajo el sistema de renta vitalicia o temporal, o una combinación de ambas. La SBS pidió informarse bien porque al retirar un porcentaje del fondo se pierden garantías estatales.
PROCESO EN MARCHA Las AFP y las compañías de seguro deberán informar todas las opciones al interesado en retirar su dinero.
27 de Abril del 2016 - 07:12 » Textos: Clorinda Flores/ Mari Liss Núñez » Fotos: Giuliano Buiklece
Solo los afiliados de las AFP que tienen 65 años y aún no se han jubilado podrán iniciar desde el lunes 16 de mayo el proceso de solicitud de entrega de hasta el 95.5% de su fondo de pensiones, precisó el encargado de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), Javier Poggi.
A partir de ese día, tendrán siete días hábiles para recibir toda la información correspondiente por parte de sus respectivas AFP y compañías de seguros, al término de los cuales deberán tomar una decisión.
Es decir, según la SBS, desde el viernes 27 de mayo se podrá iniciar el retiro de los fondos pensionables.
Proceso. El titular de la SBS explicó, en conferencia de prensa, que el proceso de solicitud para retirar el fondo tiene tres pasos para el caso de los afiliados que aún tienen 64 años, pues sus AFP respectivas tendrán un año para informarles de los considerando que deben tener en cuenta para retirar o no sus fondos.
Un segundo paso, al cual entrarían directamente los afiliados que tienen 65 años y no se han jubilado, implica que las AFP le brindarán asesoría sobre las opciones de entrega de hasta el 95.5% de sus fondos acumulados o la de optar por una pensión.
En esa etapa, las compañías de seguros también brindarán asesoría sobre las rentas vitalicias.
Un tercer paso es la toma de decisión, el cual se tendrá a los siete días hábiles de iniciado el proceso de solicitud, luego de los cuales tendrá tres días hábiles para recibir sus dineros, los mismos que las AFP deberán colocar en una cuenta que el afiliado indique.
“Se podrá retirar el porcentaje que decida en una sola armada o en varias”, precisó.
Eso sí, cuando el afiliado decida por un porcentaje X que retirará, dejando un fondo para una pensión, no habrá lugar a cambio, agregó.
Doble. Al respecto, Poggi explicó que un afiliado puede decidir retirar solo el 50% o menos y el restante quedará como un fondo para obtener una pensión.
“Por ejemplo, si un afiliado tiene 100 y retira 50, tendrá una pensión en función de los 50 que deja como fondo previsional”, explicó.
Sin embargo, dijo que aquellos afiliados que tengan un fondo menor a los S/85 mil y retiran un 5% del mismo, perderá automáticamente la garantía del Estado, que es tener una pensión equivalente al sueldo mínimo actual (S/750).
Es decir, el afiliado de 65 años, según el procedimiento operativo de la SBS, tiene la opción de retirar hasta el 95.5% de su fondo de pensiones.
O puede retirar un porcentaje de su cuenta individual en una armada o más y con el porcentaje restante acceder a uno de los diversos productos pensionarios que ofrecen las AFP.
Entonces, de mantener un porcentaje para un fondo de pensiones, el afiliado podrá acceder a una renta vitalicia; o a una renta temporal (a cargo de sus AFP) durante un año, y luego optar por una renta vitalicia (a cargo de una compañía de seguro).
También puede tener una pensión con la modalidad de renta temporal
Mayor información. La SBS indicó que las AFP y las compañías de seguro deberán habilitar diversos canales de información, aunque la presencial es el más recomendable, pero como no es posible para todos los afiliados a nivel nacional, se necesita otras alternativas.
Por ello, señala que se deberá habilitar el canal telefónico, postal y otros, que facilite al máximo de información para que los afiliados tomen la decisión que más les convenga a sus intereses.
“Es necesario que la decisión que tome un afiliado está sustentada en una adecuada información”, aseveró.
Poggi dijo que quienes retiren sus fondos tomarán sus propios riesgo de inversión, precisando, que los 110 mil afiliados con un gran potencial de llevarse sus dineros representan una mínima parte del total de fondos que administran las cuatro AFP.
“Son 110 mil personas con más de 65 años vigentes. La mitad de los fondos (de ellas) representa 1700 millones de soles; pero hay gente que trabaja y no piensa jubilarse. Por tanto, es difícil saber qué conducta tomará, cuántos se acercarán, qué porcentaje retirarán”, indicó.
En ese sentido, dijo que unas cinco mil personas han postergado jubilarse y quizá este es el grupo más interesado en retirar parte o todo lo que puede de su fondo, agregó.
Crítica a la SBS. Tras conocer las medidas de la SBS, el parlamentario Yonhy Lescano pegó el grito al cielo y cuestionó que el procedimiento alargue el plazo para que los beneficiarios empiecen a realizar sus trámites respectivos.
A su juicio, esa prórroga “es una violación al Parlamento Nacional porque la ley rige desde el 22 de abril”, lo que quiere decir que desde el día siguiente (23 de abril) los trabajadores pueden retirar sus aportaciones.
“La ley rige por sí sola. ¿Qué han hecho los señores de la Superintendencia? Con esto (el manual de procedimiento) están incurriendo no solo en una responsabilidad civil, sino penal”, espetó duramente para subrayar que se “está postergando arbitrariamente la vigencia de una norma dada por el Parlamento”.
En esa línea, también criticó la demora de la SBS para elaborar el manual de procedimiento operativo para que los afiliados con enfermedad terminal retiren el 50% de su cuenta, cuya divulgación -informó la entidad- se dará a conocer el próximo 15 de mayo.
“Hoy he pedido a la Comisión del Parlamento para que se solicite al procurador que tome las acciones legales para que este manual se corrija y para que se tomen las acciones contra este superintendente que está jugando a favor de los intereses indebidos de las AFP”, dijo duramente.
CIFRA
64 años es la edad a la que los futuros jubilados recibirán información del retiro de fondos de la AFP.
La norma que permite el retiro del 95,5% del fondo de las AFP a las personas mayores de 65 años supone para ellos una gran responsabilidad, pues lo que está en juego es su pensión, la forma en que se mantendrán económicante durante el resto de sus vidas.
Antes de decidir qué hacer con su dinero, ese grupo de peruanos debe tomar en consideración los riesgos a los que están expuestos. Aquí le presentamos cinco de esos riesgos, a fin de que tomen mejores decisiones:
Hijos, parientes y amigos Es normal y recomendable que los mayores de 65 años cuenten con el consejo de sus hijos a la hora de decidir su futuro económico. Pero se debe tener en cuenta que el consejo de los hijos será siempre el de una persona que tiene tiempo para caer y recuperarse. Para las personas de 65 años esta es casi su última oportunidad para asegurar la mejor vejez que puedan. Arriesgar el dinero en un negocio no es muy recomendable. Prestarle a un pariente, incluso a sus hijos, es de alto riesgo.
Darse algún gusto Es muy probable que nunca en su vida va a tener tanto dinero como cuando retire su fondo de AFP. Pero no se confíe. El dinero se acaba. Antes de pensar en irse de viaje o comprarse el auto que siempre quiso, asegúrese que tiene suficiente para vivir el resto de su vejez de la mejor forma posible.
Las estafas La tentación del dinero fácil. Con seguridad, las personas de 65 años recibirán infinidad de llamadas o los buscarán personalmente asesores de supuestos entidades financieras que le ofrecerán amplias tasas de interés por su dinero. Antes de entregar su fondo, investigue si la entidad que le hace la oferta es formal, si está supervisada por la Superintendencia de valores y/o de bancos. En las páginas web de esas instituciones figuran las empresas supervisadas. Y sobre lo que le ofrecen, revise cuidadosamente cuando le plantean inversiones, porque estas siempre tienen riesgos. Recuerde, el riesgo no es su amigo, camine sobre seguro.
Los ladrones Si va a sacar su dinero, utilice algún medio electrónico o herramienta como un cheque de gerencia al momento de retirar el fondo. Con seguridad, la AFP le dará un cheque. No salga con el dinero del banco. Recuerde, el riesgo no es lo suyo. No comparta con mucha gente que va a retirar su dinero. No provoque la codicia.
Las ganas de vengarse
La sensación de que las AFP y las aseguradoras se han estado aprovechando de uno existe en muchas personas, pero al momento de decidir qué hacer con su fondo, lo mejor es dejar el apasionamiento de lado. Evalúe bien cuánto podrá obtener mensualmente por su fondo si lo retira de la AFP y cuánto le ofrece la misma AFP o las compañías de seguros. Decida con la mente, no con el corazón.
Publican ley que permite a los afiliados a las AFP obtener hasta el 95.5% de aportes más la rentabilidad.
Una noticia esperada. Ayer se publicó la ley que permite a los pensionistas que cumplan los 65 años retirar el 95.5% de sus aportes, más la rentabilidad; en las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP).
22/4/2016
Pero, atentos todos. También quedó claramente establecido que las personas que decidan ejercer esta opción no tendrán derecho a ningún beneficio de garantía estatal en el futuro.
“El afiliado a partir de los 65 años podrá elegir entre percibir la pensión que le corresponda, en cualquier modalidad de retiro; o solicitar a la AFP la entrega hasta del 95.5% del total del fondo disponible en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC), en las armadas que considere necesarias. Quien ejerza esta opción no tendrá derecho a ningún beneficio de garantía estatal”, precisa la norma.
Ampliación
Asimismo, amplía el régimen especial de jubilación anticipada para desempleados en el Sistema Privado de Pensiones (SPP) hasta el 31 de diciembre de 2018.
Considera que las pretensiones que buscan recuperar los aportes efectivamente descontados a los trabajadores y no abonados o depositados por el empleador en forma oportuna a la AFP “son imprescriptibles”.
Excepcionalmente, el afiliado al SPP estará en condiciones de utilizar el 25% del fondo acumulado en su CIC como garantía para la cuota inicial de un crédito hipotecario en la compra de una primera vivienda “en cualquier momento de su afiliación”.
Enfermedad terminal
Procede además la jubilación anticipada y devolución de aportes por enfermedad terminal o diagnóstico de cáncer, cuando el afiliado padezca de un mal que reduzca su expectativa de vida, debidamente declarado por el comité médico evaluador calificado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Por su parte, el ente supervisor adelantó que el próximo martes (26 de este mes) dará a conocer el procedimiento establecido para retirar el 95.5% de los fondos previsionales que tienen los afiliados en las AFP.
Datos
El procedimiento de la SBS fijará los pasos que deberá seguir el afiliado para tomar una decisión informada respecto de las alternativas existentes al momento de culminar su periodo laboral bajo el nuevo marco legal en el SPP.
Según la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) son alrededor de seis millones de afiliados, de los cuales apenas se jubilan 15,000 al año.
La opinión del director del diario Perú 21: JUAN JOSÉ GARRIDO 18 / 04 / 2016
Es indiscutible la necesidad de encontrar una solución al problema de las pensiones: a partir de cierta edad, la mayoría de personas pierden productividad, están cansadas, han perdido enfoque y no son competencia para los más jóvenes y preparados. Claro, siempre nos cruzaremos con el empresario que a los 80 aún está lúcido y activo, pero ese no es el promedio. De ahí que, como en otras áreas del mercado laboral, la ley sitúa en los 65 años la edad de jubilación.
A partir de los 65, alguien tiene que cubrir los gastos de dichas personas y familias cercanas. Y como con la salud y la educación, la tradición global es que lo asuma el Estado. En los países más desarrollados esto ya se ha convertido en un problema: los jóvenes trabajan para mantener a una legión de jubilados que gozan de estándares de vida inimaginables para ellos. Trabajan para pagar impuestos que se derivan en gastos que ellos no perciben, sin capacidad de ahorro para una vivienda, por ejemplo.
Necesitamos un sistema de pensiones que no se convierta en una carga para las generaciones en edad laboral. La idea de un sistema privado cumplía ese objetivo. El sistema público aquí y en la China está quebrado, así que la idea de un sistema que permita a cada uno ir aportando a un fondo que crezca a partir de sus aportes y manejo financiero es adecuada. El problema es que el sistema estuvo mal diseñado.
Primero, no cumplía con cubrir a todos los peruanos; esto generaba dos problemas: por un lado, creaba una diferenciación entre afpistas y el resto; por el otro, seguíamos sin solucionar el problema para cerca del 80% de la población. Pero había otros problemas: la provisión del servicio estaba cerrada, el fondo estaba obligado a asumir el riesgo local, los costos de administración eran muy altos, y así.
La solución no es ni mejor ni peor, es una bomba al sistema. La solución debe ir por una revisión general del sistema y –sobre todo– cómo cubriremos al 80% restante.
El presidente del Consejo de Ministros, Pedro Cateriano, sostuvo que la única forma de mejorar las pensiones es mediante el crecimiento económico y las inversiones. Reiteró sus críticas a la decisión del Congreso de aprobar, mediante insistencia, la iniciativa que permite a los afiliados de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) retirar el 95.5% de sus aportes a partir de los 65 años. Asimismo, recordó que el sistema público de pensiones no funcionó en el Perú y que en la mayoría de países “está quebrado”. Aseguró que una nación sin pensiones para sus jubilados, “abandona a sus ancianos”. Además, calificó de “grave error” que la “mayoría” de ciudadanos esté de acuerdo con que no se haya un sistema de
17/4/2016
Demanda
El defensor del Pueblo, Eduardo Vega Luna, afirmó recientemente que no considera inconstitucional la referida norma. Agregó que existiría la posibilidad, en todo caso, de que el TC evaluara la ley mediante una demanda de inconstitucionalidad que puede ser presentada, entre otros, por el Poder Ejecutivo.
Destacó que es imprescindible una reforma integral del sistema de pensiones en el Perú.
Ejecutivo evalúa interponer acciones contra ley de AFP
Autoridad expresa, además, preocupación por el futuro del Sistema Privado de Pensiones.
El presidente Ollanta Humala evaluará si interpone una acción de inconstitucionalidad contra la ley aprobada por el Congreso de la República que faculta el retiro de hasta el 95.5% de los aportes a las AFP, informó el jefe del Gabinete Ministerial, Pedro Cateriano.
16/4/2016
Mediante su cuenta en Twitter, la autoridad consideró que la modificación al sistema pensionario de las AFP es inconstitucional y que el Parlamento, al aprobar la ley, “ha herido de muerte al Sistema Privado de Pensiones”.
Mediante esta red social, el jefe del Gabinete agregó también que “se está dejando sin pensión a los ancianos. ¿Dónde está el defensor del Pueblo?”, se preguntó.
El pleno del Congreso de la República aprobó el pasado jueves la insistencia del proyecto de ley que propone la libre disposición de hasta el 95.5% de las aportaciones de los pensionistas a las administradoras de fondos de pensiones (AFP), al cumplir los 65 años de edad.
A favor de la insistencia votaron 84 legisladores, 2 lo hicieron en contra y no hubo abstenciones. El dictamen, además, fue aprobado antes por la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Parlamento.
Piden evaluación
Al respecto, el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) señaló que deberá evaluarse el impacto de la ley que permite el retiro del 95.5% de los fondos de las AFP, al cumplir los 65 años de edad.
En este sentido, el gerente de estudios económicos del ente emisor, Adrián Armas, sostuvo que tras la evaluación podrá determinarse el impacto de la referida norma.
Agregó que se trata de una medida promulgada por el Parlamento. “Hay que mirar hacia adelante, principalmente hacia una reforma integral del sistema de pensiones”.
En opinión del presidente de CFA Society, Melvin Escudero, debería ser el nuevo gobierno y el próximo Congreso los que revisen la decisión del actual Legislativo, pues se trata de una medida que va en contra de las normas internacionales.
Indicó que cuando una medida de esta naturaleza se toma en un contexto político es fácil entender sus razones, al estimar que, en este caso, “los congresistas buscan un beneficio”.
“Es un asunto tan importante a nivel de los derechos de los trabajadores que hay que volver a revisarlo de manera seria, el nuevo gobierno y el nuevo Congreso tienen la oportunidad de llevar a cabo una revisión integral y hacer ajustes a nivel completo del sistema, no solo el tema de las AFP”, refirió a TV Perú.
En ese sentido, precisó que el Perú está “innovando” en materia de pensiones a escala mundial, aunque “sea en contra de los estándares y las mejores prácticas”. “Lo que hacemos es contar con una modalidad adicional para poder retirar los fondos y usarlos en otros fines diferentes con la pensión, como sería comprar una casa, viajar o repartir una herencia”, añadió.
Por esta razón, refirió que será necesario convocar a los mejores expertos a fin de adoptar medidas en dos niveles: sobre los esquemas de pensiones que existen en la actualidad y para efectuar una reforma seria de las AFP.
No soluciona el problema
La ley que autoriza el retiro del 95.5% de los aportes a las AFP es un avance que permitirá a las personas decidir el destino de sus fondos, pero no debe ser vista como la solución al problema del sistema de pensiones en el país, aseguró el defensor del pueblo, Eduardo Vega.
Refirió que esta norma es una oportunidad para que los sistemas de pensiones y financiero ofrezcan mejores productos a los afiliados y futuros pensionistas, así como realizar una intensiva promoción de la cultura previsional en el país.
Mencionó, de esta forma, que la Defensoría del Pueblo, en reiteradas ocasiones, ha señalado que resulta imprescindible emprender una reforma integral del sistema de pensiones, para garantizar a todas las personas condiciones dignas en la vejez.
Datos
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) deberá desarrollar próximamente el reglamento de la ley que permite el retiro del 95.5% de los aportes depositados en las AFP al cumplir los 65 años.
Así lo adelantó el titular del Congreso, Luis Iberico, tras agregar que este poder del Estado vigilará que el reglamento no atente contra el espíritu de la norma. “La idea sería que facilite las cosas y no las enrede”, sostuvo.
En su opinión, esta ley no debe ser entendida como si se tratara “del fin del mundo” o que “va a colapsar el sistema de pensiones”, pues, por el contrario, la ley es liberalizadora, al permitir decidir, aplicando el principio de que “el cliente siempre tiene la razón”.
Para el año 2050, el
17% de los habitantes del planeta tendrán más de 65 años, proporción que hoy es
de 8.5%
El envejecimiento de la población
mundial se acelera a un ritmo sin precedentes, y para el año 2050, el 17% de
los habitantes del planeta tendrán más de 65 años, proporción que hoy es de
8.5%; según datos de la oficina de Censo de Estados Unidos.
De acuerdo con las proyecciones de la oficina de Censo, las personas
mayores sumarán 1.600 millones, contra las 617 millones de la actualidad.
"Crece rápidamente la proporción de personas mayores en la
población mundial", indica Richard Hodes, director del Instituto
Estadounidense de Envejecimiento (NIA, por su siglas en inglés).
"Las personas viven más tiempo pero no necesariamente más saludable
(...) el envejecimiento de la población plantea varios desafíos de salud
pública para los que hay que prepararse", señala la oficina en un
comunicado.