sábado, 9 de abril de 2016

El auxilio oportuno

Recordando la Ley N° 30200 “El auxilio oportuno”


ENFOQUE
El auxilio oportuno
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Percy Gómez Benavides - Doctor en derecho

Esta expresión pareciera una manifestación del lenguaje común y cotidiano, a veces practicado y a veces incumplido, hasta por los obligados a hacerlo, que son los custodios del orden del ámbito público o privado. Lo cierto es que cada vez es más difícil encontrar esa ayuda cuando un ciudadano enfrenta dificultades, y ni siquiera los transeúntes prestan atención cuando ocurre una emergencia de tipo médico.
Ahora encontramos que ese término, ‘el auxilio oportuno’ es el nombre de la Ley N° 30200, promulgada por el Presidente de la República y que determina el auxilio oportuno al público en los centros comerciales. El objeto de la norma es promover el auxilio oportuno de las personas en ese tipo de establecimientos, que se encuentren en circunstancia de una condición repentina o inesperada, y que requieran atención inmediata al poner en peligro inminente su vida.
Ya no es novedad que no solo por salud haya necesidad de una atención inmediata, sino también que puede ocurrir una agresión o un asalto, que hasta en los restaurantes preocupantemente suelen darse, y ni qué decir de establecimientos comerciales, como joyerías y otros, pequeños o grandes, como los denominados supermercados.
El espíritu de la ley es la protección al consumidor que se encuentra, directa o indirectamente, expuesto por una relación de consumo o en una etapa preliminar a esta.
A partir de la vigencia de esta novísima ley, todo proveedor debe contar con un botiquín de primeros auxilios para atender a los consumidores que ingresan a su establecimiento abierto al público.
La obligación es mucho mayor para los centros comerciales, pues, además del botiquín, deberá contar con un espacio para los primeros auxilios y estar dotado de equipamiento y medicamentos que establece el reglamento de la ley. Además, deberá tener un sistema de comunicación interna de alerta de emergencia, un servicio de ambulancia para el traslado de pacientes que así lo precisan conforme a la patología que presenten. El reglamento fija las condiciones, los supuestos, la colocación de carteles, así como el tipo de personal capacitado en atención de emergencia.
Se entiende que los propietarios de los establecimientos y centros comerciales, que incumplan la presente ley serán sancionados de acuerdo con la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor. También es de entenderse que la Fiscalía de Prevención del Delito tendrá que controlar el fiel cumplimiento de esta norma, y más que esa instancia del Ministerio Público, la misma ciudadanía que hace respetar sus derechos.


Publicado: 02/07/2014 en el diario El Peruano

viernes, 8 de abril de 2016

15 años que no se aumenta la pensión mínima a jubilados 19990


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En total 15 agrupaciones políticas inscribieron sus listas de postulantes al Congreso de la República que participarán en las Elecciones 2016.
En esta infografía interactiva, puedes averiguar quiénes postulan en las Elecciones 2016 como representantes de la región a la que perteneces ante el Congreso de la República. Esta información será actualizada en cuanto se termine el período de tachas y se sepan los candidatos definitivos.
El 10 de abril se realizan las Elecciones 2016 en las que los peruanos elegirán al presidente de la República junto a los 130 nuevos inquilinos del Congreso, así como cinco miembros del Parlamento Andino.
Fuente: El Comercio


sábado, 2 de abril de 2016

15 años congelada la pensión mínima que la ON P otorga a los Pensionistas 19990

Parece que la calidad de vida de los Pensionistas no es relevante para el Gobierno

Estamos de acuerdo y saludamos el anuncio presidencial de aumentar el sueldo mínimo vital de S/. 750.00 a S/. 850.00;  a partir del 1ro de Mayo; sin embargo los pensionistas estamos  decepcionados por que una vez más se han olvidado de aumentar la irrisoria pensión mínima  de S/. 415.00 que otorga la ONP y que se encuentra congelada desde hace 15 años.

Informe Técnico N° 017-2013-OPG/ONP
En el año 2013; el congresista Yonhy Lescano,  miembro titular de la Comisión de Trabajo y Seguridad  solicitó un estudio técnico a la PCM; siendo el resultado la emisión   del Informe Técnico N° 017-2013-OPG/ONP por parte de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de Gestión de la ONP, en virtud del cual se recomienda un incremento de hasta 34.8% en las pensiones para los beneficiarios del régimen del Decreto Ley 19990; y un incremento de hasta 40.4% en las pensiones de los beneficiarios del Decreto Ley 18846, estando (hace más de 2 años) actualmente dicho Informe en el MEF.

“Hay que recordar que estos pensionistas no reciben un aumento desde hace 12 años, siendo sus pensiones irrisorias. En general, los niveles de estos pagos a cargo de la ONP están muy bajos. Así, por ejemplo, la pensión mínima asciende a S/. 415, mientras que el tope pensionario es de apenas S/. 857.36; mientras que el costo de la canasta familiar está por encima de los S/. 1 200.El costo fiscal de estas mejoras puede ser absorbido por el Tesoro. Así por ejemplo, el reajuste del 34.8% en los pagos a los pensionistas del Decreto Ley 19990 significaría un egreso  de aproximadamente  S/. 1 129 Millones entre los años  2013 y 2015.  Considerando que el Estado paga sólo por intereses de la deuda externa la suma de casi S/. 10 000 Millones anuales; y que la SUNAT devuelve por concepto de impuestos más de S/. 9 000 Millones al año; el costo de reajustar las pensiones aparece como una carga muy pequeña, y que debe tener prioridad.”  
                                                 Congresista Jonhy Lescano, 
                       titular de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social 24/10/2013


              En 15 años la Pensión mínima aumento      0 %
              En 16 años el Sueldo  mínimo  aumento  107 %




Los Jubilados al igual que los futuros pensionistas (trabajadores en actividad que están cotizando al sistema nacional de pensiones) esperan que el actual Gobierno haga justicia y aumente significativamente la pensión mínima a los pensionistas 19990, (congelada 15 años) y que se establezca una política de aumentos periódicos para que la pensión que se otorga a los pensionistas no siga perdiendo su poder adquisitivo en el tiempo.

Macori.

15 años congelada la pensión mínima que la ONP otorga a los pensionistas


En 15 años la Pensión mínima aumento      0 %

              En 16 años el Sueldo  mínimo  aumento  107 %