jueves, 28 de julio de 2022

Hasta la fecha no se instala la Comisión Ad Hoc del FONAVI

 Video publicado en Facebook por la Coordinadora de Defensa de Afiliados y Pensionistas ONP el 09 de julio de 2022



miércoles, 27 de julio de 2022

PENSIONISTAS TENEMOS DERECHO A QUE SE RECONOZCA AUMENTO DESDE MAYO DE 2022

 


PENSIONISTAS TENEMOS DERECHO A QUE SE RECONOZCA AUMENTO DESDE MAYO DE 2022

“SENTENCIAS DEL TC SON DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO”

 Perú, 26 de Julio 2022  /  M. Macori

“En un estado Constitucional de Derecho, todos los poderes públicos, órganos constitucionales autónomos, y demás entidades públicas o privadas, tienen la obligación de acatar los pronunciamientos del Tribunal Constitucional, una vez que estos son publicados o notificados”.(Nota de Prensa del TC 11/96/2018 y Resolución Administrativa N° 065-2020-P/TC)

El Ministro de Economía y Finanzas, está equivocado si cree que puede imponer su voluntad o discrecionalidad con argumento (Informe N° 602-2022-EF/53.05 del Director de la Dirección de Gestión de Pensiones del MEF) sustentados en medias verdades para no cumplir la Sentencia del Tribunal de Constitución N° 00009-2015-PI/TC, del 16 de abril 2019; que se encuentra actualmente en la etapa de supervisión de cumplimiento y que reivindicara el derecho fundamental vulnerado de la pensión mínima .  Con su cuestionada actitud el Ministro del MEF solo está retardando bajo responsabilidad el cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Constitucional y generando irresponsablemente una deuda al Estado Peruano, considerando que el derecho al aumento de Pensiones Mínima,  que cada pensionista debe percibir a partir del mes de mayo del pte. año, acuerdo a la Sentencia del Tribunal de Constitución N° 00009-2015-PI/TC debe ser de S/. 1,025.00.

Gobierno debe reintegrar aumento de los meses de mayo, junio y julio:

El Gobierno, tiene la obligación ineludible de acatar el pronunciamiento del Tribunal Constitucional, a partir del 30 de abril que fue publicada la Sentencia N° 00009-2015-PI/TC, del 16 de abril 2019;  por lo tanto el Gobierno, debió otorgar incremento gradual y progresivo de la pensión mínima desde el 1ro de mayo de 2022, hasta el 1ro de mayo 2022 (3 años), de modo que se pueda mantener el poder adquisitivo de este sector de la población acorde con el costo de vida y las necesidades vitales actuales.

Los Pensionistas por inactividad del Poder Ejecutivo y del Congreso de la República, hasta la fecha hemos dejado de percibir legítimos aumentos de nuestra pensión en los meses de mayo, junio y julio del presente año.

PERJUICIO ECONÓMICO A LOS PENSIONISTAS POR INACTIVIDAD del  PODER EJECUTIVO y del CONGRESO DE LA REPÚBLICA

MES

PENSIÓN MÍNIMA ACTUAL*

REMUNERACIÓN MÍNIMA ACTUAL**

DIFERENCIA POR REINTEGRAR

OBSERVACIONES

Mayo 2022

Junio 2022

Julio 2022

 

TOTAL

S/. 500.00

S/. 500.00

S/. 500.00

S/. 1,025.00

S/. 1,025.00

S/. 1,025.00

S/.    525.00

S/.    525.00

S/.    525.00

 

S/. 1,575.00

La pensión mínima de S/. 1,025.00; no es una nivelación con la Remuneración Mínima Vital (RMV) solo se considera como referencia por ser de menor importe a otra referencia que podría usarse como la canasta de consumo mínimo S/1,579***

*Pensión Mínima según DS. N° 139-2019-EF del 01/05/2019

**Remuneración Mínima Vital según DS No. 003-2022-TR del 03/04/2022

*** El economista Juan Carlos Odar, director de Phase Consultores, sostuvo que una canasta de consumo mínimo total (que considera lo fundamental en comida, ropa, transporte, etc.) era de S/1,486 al mes de julio del 2021 y ahora es de S/1,579.( https://www.infobae.com/america/peru/2022/05/05)

 

Todos los pensionistas debemos ser conscientes que dependemos de nosotros mismos y el ruido que realicemos para que se nos escuche; independientemente de las acciones y marchas que dispongan nuestro dirigentes,  debemos ser más activos a través de las redes sociales y/o cualquier medio que podamos tener acceso, para hacer conocer a la opinión pública la nefasta política discriminatoria de los anteriores y actual  Gobierno,  en contra de los pensionistas.

Internacional de Sindicatos de Pensionistas se dirige a presidente Pedro Castillo

Artículo reproducido de la página web de CENAJUPE:

Internacional de Sindicatos de Pensionistas se dirige a presidente Pedro Castillo

  Sin categoría   1 minuto 

Quim Boix, secretario general de la Unión Internacional de Sindicatos de Jubilados y Pensionistas (UIS PyJ) de la Federación Sindical Mundial (FSM) se dirigió hoy, 20/07/2022, desde Barcelona, España al Presidente de la República Prof. Pedro Castillo Terrones solicitando el aumento general de pensiones, participación de trabajadores y pensionistas en la Comisión de Reforma Pensionaria y la devolución inmediata de los fondos de FONAVI.

Señala, la misiva que ha ingresado al Palacio de Gobierno, entre otras cosas, lo siguiente: «

«En consideración a la información de nuestra base Central Nacional de Jubilados y Pensionistas del Perú (CENAJUPE) solicitamos tenga a bien considerar las peticiones que vienen haciendo a su gobierno y que fundamentalmente son las siguientes:
1.- Aumento general de pensiones, visto el alza de precios de los combustibles y artículos de primera necesidad y que estas pensiones, según sus propias declaraciones, no debieran ser menores a la remuneración mínima vital establecida en su país, que con este acto de justicia estaría dando cumplimiento a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional en su Sentencia 0009-2015-PI/TC.
2.- Se considere la participación de los representantes de los trabajadores y pensionistas en la Comisión Multisectorial creada por Decreto Supremo N° 081-2022-PCM para elaborar el nuevo proyecto de sistema de pensiones.
3.- Se otorgue el pago correspondiente a la devolución de aportes al FONAVI (Fondo Nacional de Vivienda) que beneficiará a casi la mayoría de pensionistas del país
«.

Como se conoce, la Central Nacional de Jubilados y Pensionistas del Perú (CENAJUPE) está afiliada a esta internacional de pensionistas y que se espera que el presidente Pedro Castillo tome debida nota de la misiva.

miércoles, 20 de julio de 2022

Página web del FONAVI no tiene Secretario Técnico

 Página web del FONAVI no tiene Secretario Técnico

Gabriel Bustamante (Exitosa) entrevista a Jorge Milla Maguiña representante de los Fonavistas ante la Comisión Ad Hoc del Fonavi



Perú, 20/07/2022




CONGRESO y EJECUTIVO siguen "MECIENDO" a los PENSIONISTAS y FONAVISTAS

 CONGRESO y EJECUTIVO siguen "MECIENDO" a los PENSIONISTAS y FONAVISTAS



domingo, 17 de julio de 2022

Ley de pensión mínima provocará retiros entre S/ 16,327 millones y S/ 28,797 millones

 

Ley de pensión mínima provocará retiros entre S/ 16,327 millones y S/ 28,797 millones

De acuerdo a la Sociedad de Comercio Exterior del Perú (ComexPerú) solo 1 de cada 4 peruanos aporta para su jubilación, la mayoría sin respaldo para su vejez.

De acuerdo con la SBS y las AFP, entre los cinco primeros procesos se retiró un monto de S/ 65,942 millones. (Foto: Andina)
De acuerdo con la SBS y las AFP, entre los cinco primeros procesos se retiró un monto de S/ 65,942 millones. (Foto: Andina)

El último domingo 10 de julio, el Gobierno de Pedro Castillo promulgó la creación de una comisión multisectorial para crear propuestas de reforma del sistema de pensiones. Un detalle que llamó la atención es que no se convocó a representantes de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) o de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), pese a que son los sistema provisionales más importantes del país.

En 2021 -refiere la Sociedad de Comercio Exterior del Perú (ComexPerú)- alrededor de un 18.2% de la Población Económicamente Activa (PEA) aportó a una AFP, mientras que un 8.3% aportó a la ONP. Estos resultados evidencian que solo 1 de cada 4 trabajadores aporta para su jubilación. Por lo tanto, una gran cantidad de personas llegaría a la vejez sin una fuente de ingresos previsional.

Además, la decisión de participar o no en el sistema previsional está estrechamente relacionada con el nivel de ingresos.

En 2021, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Hogares (Enaho), alrededor del 86.7% de trabajadores que pertenecen al primer quintil de ingresos (el 20% de trabajadores con ingresos más bajos de la población) no está afiliado a ningún sistema de pensiones.

Es decir, el sistema tiene problemas estructurales que lo hacen poco atractivo para un gran sector de la PEA. Para Comex la baja participación en un sistema previsional está asociada, por un lado, con factores estructurales del mercado laboral.

El 76.8% de la PEA tiene un trabajo informal, el cual se caracteriza por ser de bajos ingresos. Ante este escenario, es poco rentable para muchos trabajadores aportar a un sistema de pensiones”, afirma.

Mientras que el 37.8% de trabajadores es independiente y, por normativa, no están obligados a participar en el sistema. En ese sentido, se debe mejorar la oferta del sistema de pensiones peruano para adecuarlo a las necesidades del mercado laboral”, agregó.

Sostenibilidad

Con respecto a la sostenibilidad del gasto del sistema previsional, se lograron importantes avances en los últimos años. En conjunto, el gasto realizado por la ONP, AFP y Pensión 65 se redujo como parte del total de gasto social ejecutado por el Estado, refiere la Sociedad de Comercio Exterior del Perú (ComexPerú)

El sistema de la AFP ha resultado más eficiente y sostenible, debido a que se financia en su mayoría con los aportes y la rentabilidad generada, mientras que en la ONP el Estado debe cubrir las pensiones en caso de que los aportes recaudados no sean suficientes”, detalló.

Remarcó que desde que se inició la pandemia, la sostenibilidad del sistema de las AFP se ha visto perjudicada. Esto ocurrió principalmente a causa de los retiros realizados por los ciudadanos. Hasta el momento se realizaron seis procesos de retiros entre 2020 y 2022.

De acuerdo con la SBS y las AFP, entre los cinco primeros procesos se retiró un monto de S/ 65,942 millones. Esto, junto con la afectación en el sistema financiero, provocó que el fondo de pensiones de la AFP pase de S/ 176,123 millones en enero de 2020 a S/ 125,809 millones en mayo de 2022.

Pese a todo lo mencionado, la situación podría empeorar, dice Comex.

A inicios de junio, el congreso aprobó la “Ley que crea las pensiones mínimas y promueve los aportes voluntarios alternativos con fines previsionales”, la cual, según la SBS, podría dar pie a retiros que oscilan entre S/ 16,327 millones y S/ 28,797 millones.

Estos procesos de retiros desnaturalizan el objetivo inicial de las AFP: ser un sistema de pensiones para el retiro. El efecto será de largo plazo.

De acuerdo con la SBS, hasta diciembre de 2021, solo un 31% de afiliados no había realizado ningún retiro. Esto implica que un número importante de personas ha reducido sus ahorros para una pensión a futuro. En otros casos, probablemente, muchos retiraron todos sus fondos, lo que significará, más adelante, una carga fiscal adicional para el Estado.

Fuente: Diario Gestión

domingo, 10 de julio de 2022

PRENSA MERMELERA

 PRENSA   MERMELERA

Ver video sobre la Prensa Mermelera y la Publicidad


Fuente: Facebook/CENAJUPE


 Opinión | Gabriel Bustamante Sánchez: TC ordena aumento de pensión ONP y, ni gobierno ni Congreso acatan

No te pierdas la columna de Gabriel Bustamante Sánchez.
26 Junio, 2022
https://i0.wp.com/exitosanoticias.pe/v1/wp-content/uploads/2022/06/onp-congreso-exitosa.jpg

El Sistema Público de Pensiones – ONP tiene 608,000 entre pensionistas y personas beneficiarias. El 64% cobra pensiones en un rango de S/250.00 a S/500.00 mensuales y desde el año 2002 no se incrementa la Pensión Mínima de S/500.00, contrario al Sueldo Mínimo que sí ha tenido algunos aumentos, fijándose el actual en S/1,025.00.

El TC – Tribunal Constitucional en Pleno Jurisdiccional del Expediente N°0009-2015-PA/TC del 16 de abril del 2019 – 6,000 Ciudadanos, sentenció: 6. “DISPONER que el Poder Ejecutivo y el Congreso de la República, conforme a sus atribuciones, promuevan el aumento progresivo de la pensión mínima de los diferentes regímenes pensionarios, de acuerdo a lo expuesto en los fundamentos 114 y 120 de la presente sentencia, en el plazo de 3 años. De no hacerlo en dicho plazo, el Tribunal Constitucional, en la etapa de supervisión de cumplimiento de sentencias, podrá adoptar las medidas que estime necesarias para tal efecto”.

La Sentencia es clara. AUMENTO DE LA PENSIÓN MÍNIMA ONP, y aquí los fundamentos mencionados: Fundamento 114. “Este Tribunal Constitucional, en tanto garante de los derechos fundamentales, estima que se debe procurar un incremento gradual y progresivo de las pensiones mínimas de los diferentes regímenes, incluido el ya mencionado Decreto Ley 19990, de modo que se pueda mantener el poder adquisitivo de este sector de la población acorde con el costo de vida y las necesidades vitales actuales”.

Fundamento 120. “En consecuencia, dado que la pensión mínima no ha sido incrementada desde el 2002, se concluye que existe inactividad por parte del Estado al no garantizar el desarrollo progresivo del derecho a la pensión, por lo que este Tribunal debe disponer que el Poder Ejecutivo y el Congreso de la República incrementen el monto de la pensión mínima de los diferentes regímenes pensionarios, incluido aquel del Decreto Legislativo 19990, en el plazo de 3 años. De no hacerlo en dicho plazo, el Tribunal Constitucional, en la etapa de supervisión de cumplimiento de Sentencias, podrá adoptar las medidas que estime necesario para tal efecto”.

¿Por qué tanto abuso con peruanos viejitos que ya no pueden salir a marchar y luchar por sus derechos? ¿No saben que muchos han aportado 20, 30 0 40 años y reciben una miserable pensión? El presidente de la República debe ordenar el cumplimiento de esta sentencia este próximo 28 de julio 2022. Estaría haciendo justicia.

Fuente: diario Exitosa

Repuesta simplista del MEF

 Repuesta simplista del MEF para no cumplir con la Sentencia del Tribunal Constitucional N° 00009-2015-PI/TC

Despilfarros y prestamos al Gobierno se hicieron inicialmente con aportes de los afiliados al SNP 19990. y corresponde al MEF si realmente llevan un registro serio y transparente de las cuentas del país, informar con transparencia el importe total de los préstamos que recibió  de parte de la ONP.

Ahora la burocracia del Ministerio de Economía y Finanzas pretende desconocer y además obstaculiza el cumplimiento de la  Sentencia del Tribunal Constitucional N° 00009-2015-PI/TC para no aumentar las pensiones de la 19990.



viernes, 8 de julio de 2022

MEDIA VERDAD DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PARA NO CUMPLIR CON LA SENTENCIA N° 00009-2015

 


NEFASTA POLITICA DISCRIMINATORIA CONTRA LOS PENSIONISTAS DE LA 19990

MEDIA VERDAD DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

PARA NO CUMPLIR CON LA SENTENCIA N° 00009-2015

INFORME N° 602-2022-EF/53.05*

del Director de la Dirección de Gestión de Pensiones del MEF

 

LO QUE NO DICE EL INFORME

 

 

114.

 


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE CONSTITUCIÓN N° 00009-2015. FUNDAMENTO 114

Este Tribunal Constitucional, en tanto garante de los derechos fundamentales, estima que se debe procurar un incremento gradual y progresivo de las pensiones mínimas de los diferentes regímenes, incluido el ya mencionado Decreto Ley 19990, de manera que se pueda mantener el poder adquisitivo de este sector de la población acorde con el costo de vida y las necesidades vitales actuales.”

 

II.    ANÁLISIS DEL INFORME N° 602-2022-EF/53.05*

    EL MEF DICE:

 

LO QUE NO DICE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS EN SU INFORME N° 602-2022-EF/53.05*

2.13

“En ese sentido, considerando el principio de la sostenibilidad financiera, así como las posibilidades de la economía nacional, el Estado ha realizado esfuerzos en los últimos años para mejorar el nivel de las pensiones de los pensionistas del Decreto Ley N° 19990, entre los que se pueden señalar los siguientes:

1.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.-

 

 

 

 

 

 

 

3.-

MANTENER PODER ADQUISITIVO: FUNDAMENTO 114 DEL TC

El MEF consciente que no es lo mismo, mejorar la PENSIÓN MÍNIMA con mejorar las PENSIONES DE DERECHO DERIVADO;  pretende confundir al Tribunal Constitucional y a la opinión pública, al señalar en su informe, algunas insignificantes mejoras en las Pensiones de Derecho Derivado y un solo exiguo aumento a la Pensión Mínima en los últimos 20 años, que no cumple con “…mantener el poder adquisitivo de este sector de la población acorde con el costo de vida y las necesidades vitales actuales.” De acuerdo al fundamento 114 del Tribunal Constitucional

 

ESTADO RESPONSABLE DE ADMINISTRAR APORTES

Es el Estado, el que recauda y administra; es el responsable de realizar los cálculos actuariales periódicos y ajustar a tiempo las variables previsionales.

 Según DL N° 19990; Art.: 19; 20 y 79

             D S N° 61-95-EF Art.: 4; 8 y 12

             D S N° 354-2020-EF; Art.: 179; 180.2

 

LOS APORTES DE TODOS LOS REGIMENES DE PENSIONES NUNCA HAN SIDO SUFICIENTES

Todos los regímenes previsionales (20530, FFAA y PNP y los especiales por acuerdo sindical) nunca han sido suficientes; sin embargo, a pesar de que aportaron menos que los Pensionistas  DL 19990;  el MEF y el Gobierno (sin argumentar que esos regímenes pensionarios, son insuficientes y/o que son deficitarios) presupuesta y paga pensiones de cedula viva o pensiones renovables entre 1.500 y  10 mil soles mensuales, que son aumentadas o niveladas con los aumentos del personal en actividad.  

 

CONCLUSIONES:

El MEF con el INFORME N° 602-2022-EF/53.05 confirma, que los Pensionistas de la 19990 hemos sido y seguimos siendo perjudicados por la negligencia  de la burocracia de la ONP (que no hace su trabajo de acuerdo a Ley) y del MEF que la avala.

* INFORME N° 602-2022-EF/53.05* del Director de la Dirección de Gestión de Pensiones del MEF, fue entregado a la Vice Ministra de Hacienda quien remitió con Oficio N° 844.2022-EF/13.01 del 20 de Abril del 2022 a la COORDINADORA NACIONAL DE PENSIONISTAS DEL PERÚ (CONAPEP)

Los Pensionistas de la 19990 No Somos Ciudadanos de  Segunda 
 Tenemos Derecho a Pensiones Dignas

Perú/Junio/20                       M. Macori /Somos Jubilados Peruanos