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miércoles, 9 de diciembre de 2020

Retiro ONP 4.300 soles: desde cuándo se empezará con la devolución de los aportes

 

Retiro ONP 4.300 soles: desde cuándo se empezará con la devolución de los aportes

La jefa del Gabinete Ministerial, Violeta Bermúdez, dio a conocer la fecha en la que empezaría el proceso de devolución de los aportes a la ONP. Todos los detalles aquí.

Actualizado el 09/12/2020

La devolución de hasta S/4.300 para los aportantes activos e inactivos al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) se encuentra a la espera del pronunciamiento del Tribunal Constitucional (TC) sobre la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Gobierno. Sin embargo, de acuerdo con Violeta Bermúdez, jefa del Gabinete Ministerial, el Ministerio de Economía y Finanzas está preparando el procedimiento operativo como los métodos y pasos a seguir para realizar la devolución de los aportes.

Como se recuerda, el pasado 4 de diciembre el Congreso de la República publicó la ley que plantea la devolución de hasta S/4.300 para los aportantes activos e inactivos al Sistema Nacional de Pensiones (SNP); al respecto, el Consejo de Ministros aprobó presentar una demanda que busca declararla inconstitucional por vulnerar el principio de sostenibilidad financiera. Sin embargo, Violeta Bermúdez, jefa del Gabinete Ministerial, indicó que la ley será cumplida.

Como la ley ya se encuentra vigente, Bermúdez señaló que quienes deseen la devolución de hasta S/4.300 deberán presentar su solicitud a la ONP para que evalúe su caso en un plazo máximo de 30 días hábiles, tras ese tiempo recién se determinaría cuándo le darían su dinero. Es decir, si un aportante desea tener parte del fondo de sus aportes en sus manos, no debe pensar que le entregarán lo solicitado de inmediato, sino que tendrá que esperar el tiempo establecido en las normas.

La devolución de hasta S/4.300 para los aportantes activos e inactivos al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) se encuentra a la espera del pronunciamiento del Tribunal Constitucional (TC) sobre la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Gobierno (Foto: Andina)

La devolución de hasta S/4.300 para los aportantes activos e inactivos al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) se encuentra a la espera del pronunciamiento del Tribunal Constitucional (TC) sobre la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Gobierno (Foto: Andina)

Mientras tanto, son varios los aportantes que están a la expectativa de los detalles sobre cómo se procederá con la devolución, pero de acuerdo con la primera ministra ya se tiene estimado la fecha para comenzar con el proceso. A continuación más detalles al respecto.

CUÁNDO COMENZARÍA LA DEVOLUCIÓN DE LA ONP

La devolución de los aportes podría comenzar en la segunda parte del primer trimestre de 2021; es decir, en febrero, según dijo Violeta Bermúdez en diálogo con RPP. “Habría que mirar bien las fechas, pero sería aproximadamente durante la segunda parte del primer trimestre, si seguimos los plazos que establece la ley”, apuntó.

Cabe señalar que el Ejecutivo tendrá un plazo de 15 días hábiles para definir el procedimiento del depósito, el mismo que será evaluado por la ONP en máximo 30 días hábiles calendario para dar su aprobación.

Asimismo, de acuerdo con lo señalado por la primera ministra, el depósito será en dos armadas: el primer depósito se hará luego de aprobarse la solicitud, en 30 días calendario. El resto se entregaría en los siguientes 90 días calendario.

“Estamos comentando estas fechas a modo aproximado solo para informar a las personas. Como Ejecutivo, vamos a publicar un procedimiento y cronograma hacia finales de diciembre, ahí estarán indicados con claridad los plazos”, anotó Bermúdez en dicha entrevista.

Fuente: diario Correo

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Buscan alternativas a devolución de ONP

Buscan alternativas a devolución de ONP

Ejecutivo evalúa acciones legales para evitar la ejecución de la ley 31083; también plantearía medidas para responder a las necesidades de la población afectada.



 08 Dic 2020 06:00 am

El gobierno sigue buscando alternativas para impedir la ejecución de la promulgad ley 31083 que autoriza la devolución de fondos por hasta S/ 4,300 a los aportantes activos e inactivos de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), lo que significaría, según el Ejecutivo, un desembolso cercano a 16 mil millones de soles.

Al cierre de este informe, el Consejo de Ministros evaluaba en Palacio de Gobierno las alternativas para impedir la ejecución.

El ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza, adelantó más temprano que esta semana se presentaría la demanda de inconstitucionalidad contra la ley; sin embargo, en el Ejecutivo son conscientes de que esta acción no sería suficiente para impedir el desembolso.

“La demanda se va a presentar esta semana”, dijo el ministro, y sostuvo que en la sesión de ayer se iba a analizar también otras alternativas legales para impedirlo.

LA VÍA DEL TC

El problema con la decisión de recurrir al Tribunal Constitucional (TC) son los plazos necesarios para la resolución final. Constitucionalistas consultados coincidieron en señalar que la decisión del TC requeriría hasta cuatro meses, en el mejor de los casos 60 días.

Entre los principales argumentos para enviar la iniciativa al TC están que el Congreso no tiene iniciativa de gasto y los fondos de pensiones son intangibles.

POR: ITALO OBERTO-BESSO/JOSÉ CARMEN M.

Fuente: diario Expreso

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Etiquetas: devolución de aportes

domingo, 6 de diciembre de 2020

Recolectan firmas en contra de que el Estado administre las pensiones

 Recolectan firmas en contra de que el Estado administre las pensiones

El joven ingeniero industrial, Diego Pérez, pide a ciudadanos firmar su iniciativa en plataforma change.org y compartirla. Ya tiene más de 9 mil adhesiones.

El joven ingeniero industrial, Diego Pérez Rocagliolo, quien viene recolectado firmas en contra de la creación del Organismo Público de Pensiones (OPP), entidad del Estado que se encargaría de administrar el sistema de pensiones en el Perú, afirmó que con esta medida el Congreso pone en grave peligro la jubilación de todos los peruanos, e hizo un llamado a que más ciudadanos se adhieran a su iniciativa.

“Lo que busco es expresar mi preocupación respecto a lo que sucede en el Congreso con nuestros ahorros. El Congreso ha propuesto la creación del Organismo Público de Pensiones, a través del cual el Estado centralizaría nuestros ahorros. Esto pone en grave peligro nuestra jubilación”, afirmó el joven de 31 años.

En efecto, la Comisión Multipartidaria Encargada de la Reforma del Sistema de Pensiones, presidida por la congresista Carmen Omonte, pese a que el Estado ha demostrado ser un pésimo administrador, insiste en la creación del OPP, que no solo se encargaría de dirigir la política de inversión de todos los fondos, sino que también vería todo lo relacionado a la afiliación, recaudación, fiscalización y cobranza en el nuevo sistema de pensiones.

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“El Estado ha demostrado que es un muy mal administrador de fondos y yo no quisiera que mi fondo de jubilación, el cual decidí que se administrado de manera privada, pase a la administración del Estado. Yo no quiero que al llegar a la edad de jubilación me digan que lamentablemente hubo corrupción, se perdieron tus fondos y hoy no tienes nada.

Lo que quiero es defender nuestro derecho a elegir, a escoger dónde queremos ahorrar, que no sea una sola entidad estatal a la que estemos obligados a entrar”, sostuvo.

Luego de manifestar que por ello inició la recolección de firmas en la plataforma change.org, pidió firmar la iniciativa y compartirla para que más ciudadanos puedan expresar su rechazo a lo que el Congreso está proponiendo.

La solicitud del joven ingeniero, que está alojada en https://cutt.ly/agXldr0, ya lleva recolectadas más de 9,000 firmas, y también se opone a la creación del Fondo de Riesgo Común, donde una parte de los ahorros de todos pasará a ser redistribuido con los que menos aportan.

PUEDES VER | ¿Se acerca una guerra monetaria?

“Yo no quiero que mis ahorros sean un fondo de subvención de la pensión de otras personas que no han aportado. Para eso están los impuestos recaudados y el Estado tiene la responsabilidad de administrar bien esos impuestos para velar por los ciudadanos”, expresó.

Finalmente, Pérez Rocagliolo reiteró su pedido a la ciudadanía, en especial a los jóvenes: “Te pido que lo firmes y lo compartas, y así podamos demostrarle al Congreso que nos oponemos a esta propuesta”.

Fuente: diario Expreso

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Etiquetas: ONP

Desmantelar el sistema

 N/R.: Una opinión sesgada de ver el tema de la ONP; el único regímen olvidado por los sucesivos Gobiernos desde hace 20 años, a pesar que sus afiliados (actuales pensionistas) aportaron un mayor porcentaje (9%) del total de sus remuneraciones reciben hambrientas pensiones entre S/ 500.00 y 830.00 mensuales,  congeladas desde hace dos décadas, mientras que los regímenes pensionarios que gozan de cedula viva y pensión renovable, que casi nada aportaron (6% solo de su insignificante remuneración pensionable) reciben pensiones entre S/ 1,025 y más de S/. 12, 000 mensuales. 

Asimismo la devolución a los afiliados corresponde a un acto de justicia por que la realidad demuestra que por la falta de puestos de trabajo, la inestabilidad laboral y la edad avanzada no es posible que los afiliados puedan llegar siquiera a completar los 20 años mínimos que se requiere para acceder a una pensión y el Estado NO puede quedarse con sus aportes, simplemente por que solo pretende aplicar la parte de la ley que le conviene.

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Opinión

Desmantelar el sistema

“La ley aprobada esta semana, sumada a la aprobada en noviembre para el retiro de fondos de las AFP, da una estocada mortal a la finalidad previsional del sistema”.

"Una de las grandes conquistas de los estados de bienestar son los sistemas de pensiones". (Foto: GEC)

"Una de las grandes conquistas de los estados de bienestar son los sistemas de pensiones". (Foto: GEC)

JOAQUÍN REY

Twitter: @joaquinreyh       Actualizado el 06/12/2020

El retiro de fondos de la ONP aprobado por el Congreso ha sido muy cuestionado por sus visos de inconstitucionalidad y por el forado fiscal que generará. Estos dos argumentos le hubieran bastado a un Parlamento responsable para descartar la iniciativa. No obstante, no son lo más grave de este nuevo disparate congresal. Lo realmente preocupante es que la medida marca el inicio del fin de nuestro sistema previsional.

Una de las grandes conquistas de los estados de bienestar son los sistemas de pensiones. Así como la salud o educación, la sostenibilidad de nuestros adultos mayores es un asunto de interés público. La intervención del Estado se justifica puesto que el mercado solo ofrece soluciones limitadas en este frente.

Sin duda, la administración de la ONP ha sido sumamente ineficiente. Esto ha llevado a sinsentidos como que solo reciban pensión quienes reúnen 20 años de aportes, o que no exista un registro detallado de ellos. Estos deben ser argumentos para la reforma del sistema, pero de ninguna manera para su desmantelamiento. Y es esto último lo que está consiguiendo el Congreso.

La ley aprobada esta semana, sumada a la aprobada en noviembre para el retiro de fondos de las AFP, da una estocada mortal a la finalidad previsional del sistema. Con este precedente, cada cierto tiempo surgirá una nueva iniciativa de retiro de fondos. Hemos creado una bomba de tiempo porque la edad de jubilación, nos guste o no, nos llega a todos. Y de los fondos de hoy nada quedará mañana.

Lo que más me sorprende es que las voces de la izquierda, que serían las llamadas a promover un sólido sistema previsional público, sean las primeras en promover su desmantelamiento. Irresponsabilidad al límite.

Fuente: diario Perú 21

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Etiquetas: 20530, ONP, pensionista 19990

viernes, 4 de diciembre de 2020

La corrupción es la causa del desequilibrio fiscal NO la devolución de los aportes de la ONP

 


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Etiquetas: corrupción, devolución de aportes, ONP

Devolución de aportes a los Afiliados a la ONP: Texto de la LEY N°31083

 


LEY Nº 31083

LA PRESIDENTA A. I. DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE ESTABLECE UN RÉGIMEN ESPECIAL FACULTATIVO DE DEVOLUCIÓN DE LOS APORTES PARA LOS APORTANTES ACTIVOS E INACTIVOS BAJO EL DECRETO LEY 19990 ADMINISTRADOS POR LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL (ONP)

Artículo 1. Objeto de la Ley

El objeto de la presente ley es establecer un régimen especial facultativo para la devolución de los aportes de los aportantes activos e inactivos del Decreto Ley 19990 del Sistema Nacional de Pensiones (SNP).

Artículo 2. Régimen Especial Facultativo de Devolución en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP)

2.1 Establézcase de manera excepcional y por única vez la devolución de los aportes, hasta una (1) unidad impositiva tributaria (UIT), a los aportantes activos e inactivos al Sistema Nacional de Pensiones.

2.2 Los aportantes activos e inactivos del Decreto Ley 19990 podrán acogerse a la devolución de aportes establecida en la presente ley, durante los noventa (90) días hábiles posteriores a su publicación en el diario oficial El Peruano.


Artículo 3. Procedimiento del Régimen Especial Facultativo en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP)

3.1 La devolución de aportes a que se refiere el artículo 2 se realiza de la siguiente manera:

a) Hasta el 50% de una (1) unidad impositiva tributaria (UIT) en el plazo máximo de treinta (30) días calendario posteriores a la conformidad de la solicitud que otorga la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

b) El saldo restante en el plazo máximo de noventa (90) días calendario posterior al primer desembolso.

3.2 La Oficina de Normalización Previsional (ONP), en el plazo máximo de treinta (30) días hábiles de recibida la solicitud del aportante activo o inactivo, de manera física, presencial o remota, emite la conformidad de dicha solicitud.

3.3 A falta de pronunciamiento de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) en el plazo previsto en el párrafo 3.2, se aplica el silencio administrativo positivo.


Artículo 4. De la intangibilidad de la devolución

La devolución de los aportes a que se refiere la presente ley mantienen la condición de intangibles, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados.

Lo señalado en la presente disposición no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA. Derecho a la devolución de los aportes efectuados

Las personas que han aportado al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y que a los 65 años de edad o más, no han logrado cumplir los requisitos para obtener una pensión, tienen derecho a la devolución de la totalidad de sus aportes efectuados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la presente ley. Para el cálculo de la devolución de los aportes se utiliza la tasa promedio de interés pasiva en moneda nacional para plazos mayores a un año que publica el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP).

SEGUNDA. Retribución extraordinaria

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) otorgará por única vez, a los pensionistas del Decreto Ley 19990, una retribución extraordinaria equivalente a una (1) remuneración mínima vital (RMV).

La entrega de la retribución extraordinaria se realiza según el cronograma que, en el plazo de quince (15) días calendario de publicada la presente norma, el Ministerio de Economía y Finanzas emite para tal efecto.

TERCERA. Implementación de la Ley

El Poder Ejecutivo implementa el procedimiento operativo de la presente ley en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles a partir de su publicación.

POR TANTO:

Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día veinticuatro de agosto de dos mil veinte, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los tres días del mes de diciembre de dos mil veinte.

MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILIN

Presidenta a. i. del Congreso de la República

LUIS ANDRÉS ROEL ALVA

Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

1909102-4

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Etiquetas: afiliados, devolución de aportes, LEY N°31083, ONP, pensionistas 19990

jueves, 3 de diciembre de 2020

Aprobaron insistencia de la devolución de aportes ONP

 Aprobaron insistencia de la devolución de aportes ONP

Lamentamos los 21 votos en contra de Congresistas que por su cómoda posición económica que gozan, desconocen y son insensibles a los derechos y  necesidades de los peruanos, esperamos que reflexionen y en el poco tiempo que les queda en el Cargo se den cuenta que fueron elegidos para solucionar los problemas de los peruanos.



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Etiquetas: devolución de aportes, ONP, pensionistas 19990
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