martes, 22 de diciembre de 2020

Ejecutivo pagará en enero los S/ 930 a jubilados ONP

Ejecutivo pagará en enero los S/ 930 a jubilados ONP

Christian Silva

casg14

22 Dic 2020 | 4:41 h

Beneficiados. La medida alcanzaría a 567.000 pensionistas de la ONP. Foto: difrusión

Beneficiados. La medida alcanzaría a 567.000 pensionistas de la ONP. Foto: difrusión

Dinero. Se desembolsará junto a la pensión de enero. También se subvencionará a los beneficiarios de Juntos, Pensión 65 y Contigo.

 

La ley de devolución de aportes para afiliados a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) también contempla una retribución extraordinaria de S/ 930 en favor de sus pensionistas.

Y es por ello que el Poder Ejecutivo emitió anoche un decreto de urgencia en el que dispone distintas medidas, entre las que incluye una transferencia de más de S/ 718,9 millones a la reserva de contingencias, en la que se destinará una parte para la retribución extraordinaria.

Este desembolso a los jubilados, de acuerdo al DU, se realizará en enero del 2021, y se entregará en la misma oportunidad en la que se suelen pagar las pensiones de la ONP para evitar colas y contagios.

La medida tendrá un costo de S/ 527.757.330 que se destinarán a la ONP para cumplir con este pago.

Según fuentes del Ejecutivo, entienden la situación de los jubilados de la ONP y es por ello la decisión de entregar ese dinero para aliviar su situación económica. Con ese pago no se afecta el presupuesto del próximo año, son partidas no usadas de otros sectores y con ello se cumple la norma del retiro de la ONP, en la parte que permite la entrega de un bono extraordinario a los jubilados.

Cabe indicar que, según la norma de devoluciones, el MEF tenía un plazo de 15 días para emitir el cronograma de pagos a los jubilados, que venció el 19 de diciembre.

Asimismo, según la observación que hizo en una anterior ocasión el Ejecutivo a esta ley, precisó que solo este pago significaría unos S/ 535 millones para 567.000 pensionistas.

Bono y subvención

El DU también transfiere S/ 302.156.000 al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a fin de otorgar una subvención adicional extraordinaria para los beneficiarios de los programas sociales Juntos, Pensión 65 y Contigo que recibieron el subsidio en diciembre. Esta entrega adicional será aprobada mediante resolución de cada programa social.

Asimismo, se destina S/ 10.327.400 al Ministerio de Defensa para entregar el bono para la reactivación económica en favor del personal de salud de esta cartera. Esta bonificación, en estos casos, varía entre S/ 1.500, S/ 2.500 y S/ 3.000.

Este bono se encuentra comprendido en el presupuesto fiscal de 2021, aunque se entregará por única vez este mes a los trabajadores estatales y personal de salud,

Datos

En tiempo. Respecto a la devolución de hasta 1 UIT (S/ 4.300) para afiliados a la ONP, la premier Violeta Bermúdez señaló a un medio local que tienen plazo hasta la última semana de diciembre para presentar el procedimiento operativo.

Vía. Se recuerda que el Ejecutivo presentó al Tribunal Constitucional una demanda de inconstitucionalidad contra la devolución de aportes.

Fuente: diario La República

lunes, 21 de diciembre de 2020

MEF incumple primeros plazos sobre la ley ONP

 ECONOMÍA

MEF incumple primeros plazos sobre la ley ONP

Fernando Cuadros

danubioazulado

21 Dic 2020 | 2:54 h

Expectantes. Unos 575 mil pensionistas alcanzarían a cobrar bono extraordinario de S/ 930. Foto: John Reyes / La República

Expectantes. Unos 575 mil pensionistas alcanzarían a cobrar bono extraordinario de S/ 930. Foto: John Reyes / La República

Jubilados. Ejecutivo no publicó el cronograma de pago del bono de S/ 930 a los pensionistas, cuyo plazo venció el sábado 19 de diciembre

El sábado 19 de diciembre venció el plazo para que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publique el cronograma de pago para la retribución extraordinaria de S/ 930 a los pensionistas de la Ley 19990.

Es menester precisar que, tras promulgarse el pasado 4 de diciembre, se disponía de 15 días calendario para programar la entrega de este dinero, que llegará a unos 575.000 pensionistas con un monto total cercano a S/ 535 millones.

Desde el MEF, señalaron que están evaluando la publicación del cronograma. Sin embargo, se limitaron a dar una fecha.

Según el constitucionalista Omar Cairo, tras vencerse el plazo de la norma, el MEF está en incumplimiento y el único mecanismo que existe para hacer cumplir una ley –a una autoridad o funcionario– es el “proceso de cumplimiento”, el cual puede iniciarlo cualquier persona, pidiéndole a un juez constitucional que el Ejecutivo –en este caso– emita el reglamento y procedimiento requerido a favor de los pensionistas.

La entrega de los S/ 930 comenzaría a darse desde enero –según especialistas como Jorge Carrillo Acosta-. Sin embargo, todo dependerá de la fecha de inicio de pagos que determine el Gobierno.

Finalmente, desde la Oficina de Normalización Previsional (ONP) indicaron que se pondrán a disposición para el reparto del bono, y recordaron que esta iniciativa –con venia del Ejecutivo– tubo trabas políticas que imposibilitaron su aplicación meses atrás.

Fuente: diario La República

sábado, 19 de diciembre de 2020

Aportantes ONP pedirán la renuncia de la premier y el ministro de Economía

 Aportantes ONP pedirán la renuncia de la premier y el ministro de Economía

Colectivos convocarán una marcha nacional para exigir dichas dimisiones si el Ejecutivo no publica este lunes el reglamento de devolución.
19 Diciembre, 2020

Después de arduas semanas de lucha, los aportantes a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) advirtieron que si el Ejecutivo no publica el reglamento de la Ley N°31083, que permite el desembolso de S/4,300 a más de 4.7 millones de peruanos, convocarán una marcha nacional para exigir la renuncia del ministerio de Economía, Waldo Mendoza, y el jefe de la ONP, Victorhugo Montoya Chávez y la premier Violeta Bermúdez.

“Estamos esperando que el gobierno del presidente Francisco Sagasti emita el reglamento, si no lo hace evaluaremos nuestras medidas de fuerza. Entre ellas está una gran marcha nacional para pedir la renuncia del ministro de Economía, Waldo Mendoza; el jefe de la ONP, Montoya; incluso la premier Violeta Bermúdez”, declaró Aquino Malpartida, vocero del colectivo, a Exitosa.

Agregó que si los miembros del Ejecutivo y el encargado de la oficina de normalización no pueden elaborar un marco para la ley que les permite el desembolso de su dinero y le dan la espalda a la población “es mejor que se regresen a su casa”.

El Dato: El dos de diciembre, el Pleno del Congreso aprobó por insistencia la Ley de la ONP, pero el mandatario la observó y luego de unos días, a través del procurador público del Ministerio de Justicia, interpuso una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

“También hacemos una gran interrogante: ¿Dónde están los fiscales del Ministerio Público? Si todo el Perú sabe que los diferentes gobiernos han malversado los fondos de la ONP, por qué no intervienen e investigan de oficio”, cuestionó.

Malpartida exigió a las autoridades que inicien con el pago de los S/930 que indica la ley para los pensionistas y la próxima semana tengan listo el reglamento para los aportantes que deseen retirar los S/4,300 de la ONP. “De lo contrario, seremos más radicales en la lucha”, añadió.

Fuente: diario Exitosa

TC enmienda la plana, otra vez, al Congreso

TC enmienda la plana, otra vez, al Congreso

Por unanimidad, declaró inconstitucional la ley de ascensos automáticos en el sector salud

 Esta es la segunda ley impulsada por este Parlamento que el Tribunal Constitucional deja sin efecto.. (Foto: Andina)

Esta es la segunda ley impulsada por este Parlamento que el Tribunal Constitucional deja sin efecto.. (Foto: Andina)

Una vez más, el  le enmendó la plana al  al declarar, por unanimidad, la inconstitucionalidad de la ley de ascensos automáticos en el Sector Salud que el Parlamento –entonces presidido por Manuel Merino– aprobó, por insistencia, en junio pasado entre gallos y medianoche. La sentencia, que vela por la meritocracia, será publicada el 23 de diciembre.

Esta es la segunda ley impulsada por este Parlamento que el tribunal deja sin efecto. La primera fue la que suspendió el cobro de peajes en la red vial nacional, departamental y local concesionada, durante el estado de emergencia a causa del COVID-19.

MIRA: Keiko Fujimori se reunió en privado con Adolfo Castillo cuando era jefe de la ONPE

INCONSTITUCIONAL

Víctor García Toma, expresidente del TC, declaró a Perú21 que esta situación evidencia la “falta de seriedad y tecnicismo” en las normas que aprueba el Legislativo y, sobre todo, “una prepotencia política” de parte de los congresistas.

“Dictan las leyes sabiendo de antemano que son inconstitucionales. Es como decir: ‘hago lo que quiero porque me da gana; y lo hacen, aunque no sean viables, porque eso genera simpatías”, acotó.

Recordó que el Legislativo no tiene iniciativa de gasto y la ley, según la titular de Essalud, Fiorella Molinelli, habría ocasionado un sobrecosto laboral de más de S/1,100 millones. “Estas leyes nacen muertas y el Congreso le pide al TC que las entierre”, concluyó.

Aprueban actualización del “Padrón de hogares beneficiarios en el ámbito urbano del subsidio monetario en el marco de la intervención “Bono Universal”


Aprueban actualización del “Padrón de hogares beneficiarios en el ámbito urbano del subsidio monetario en el marco de la intervención “Bono Universal” aprobado por el Decreto de Urgencia N° 098-2020” y la versión actualizada del documento denominado “Lineamientos para el Otorgamiento del Bono Universal”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 299-2020-TR

Lima, 18 de diciembre de 2020

VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 1035-2020-MTPE/3/17, de la Dirección General de Promoción del Empleo; el Informe Nº 2040-2020-MTPE/3/17.2, de la Dirección de Investigación Socio Económico Laboral; el Memorando Nº 1206-2020-MTPE/4/9, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y los Informes Nº 2311-2020-MTPE/4/8 y Nº 2317-2020-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19. Dicho plazo, ha sido prorrogado a través de los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA y Nº 031-2020-SA;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del martes 01 de diciembre de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 098-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas adicionales extraordinarias para reducir el impacto negativo en la economía de los hogares afectados por las medidas de aislamiento e inmovilización social obligatoria a nivel nacional, se autoriza el otorgamiento excepcional y por única vez de un subsidio monetario de S/ 760,00 (SETECIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES), denominado “BONO UNIVERSAL” a favor de los hogares señalados en su artículo 2;

Que, a través de los numerales 3.4 y 3.5 del artículo 3 del citado decreto de urgencia se autoriza, entre otro, al MTPE a realizar las acciones necesarias para implementar el proceso de pago del BONO UNIVERSAL, así como a actualizar el padrón de hogares beneficiarios, a propuesta del Viceministerio correspondiente, respectivamente;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 098-2020, faculta, entre otro, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a emitir disposiciones adicionales para facilitar la implementación del mencionado decreto de urgencia, en el marco de sus competencias;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 190-2020-TR, se aprueba el documento denominado “Lineamientos para el otorgamiento del Bono Universal”, propuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y sustentado por la Oficina de Organización y Modernización mediante el Informe Nº 0320-2020-MTPE/4/9.3;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 220-2020-TR, se aprueba el “Padrón de hogares beneficiarios en el ámbito urbano del subsidio monetario en el marco de la intervención “Bono Universal” aprobado por el Decreto de Urgencia Nº 098-2020”;

Que, mediante la Hoja de Elevación Nº 1035-2020-MTPE/3/17, la Dirección General de Promoción del Empleo remite el Informe Nº 2040-2020-MTPE/3/17.2 de la Dirección de Investigación Socio Económico Laboral, por el cual propone: i) la actualización del “Padrón de hogares beneficiarios en el ámbito urbano del subsidio monetario en el marco de la intervención “Bono Universal” aprobado por el Decreto de Urgencia Nº 098-2020”, en base a la información disponible sobre fallecidos, así como por las renuncias a la percepción del mencionado subsidio monetario; y ii) la modificación de los “Lineamientos para el Otorgamiento del Bono Universal”;

Que, mediante el Memorando Nº 1206-2020-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, remite el Informe Nº 0535-2020-MTPE/4/9.3, de la Oficina de Organización y Modernización, mediante el cual emite opinión favorable a la propuesta de modificación del documento denominado “Lineamientos para el otorgamiento del “Bono Universal” aprobado por Resolución Ministerial Nº 190-2020-TR;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas resulta necesaria la emisión del acto de administración que apruebe la actualización del “Padrón de hogares beneficiarios en el ámbito urbano del subsidio monetario en el marco de la intervención “Bono Universal” aprobado por el Decreto de Urgencia Nº 098-2020”, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 220-2020-TR, y la modificación del documento denominado “Lineamientos para el Otorgamiento del Bono Universal”, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 190-2020-TR;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Dirección General de Promoción del Empleo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 098-2020; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modificatorias; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébase la actualización del “Padrón de hogares beneficiarios en el ámbito urbano del subsidio monetario en el marco de la intervención “Bono Universal” aprobado por el Decreto de Urgencia Nº 098-2020”, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 220-2020-TR, conforme al Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Apruébase la modificación del literal a) del numeral 4.2.1., y de los numerales 4.4.2., 4.4.4., 4.4.5., 4.4.7., 4.4.8., 5.2. y 5.4. del documento denominado “Lineamientos para el Otorgamiento del Bono Universal”, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 190-2020-TR, con la respectiva adecuación del numeral 4.7 de los citados lineamientos, los cuales quedan redactados de la siguiente manera:

“4.2.1. PADRONES DE HOGARES BENEFICIARIOS

a) La Dirección de Investigación Socio Económico Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral propone el “Padrón de Beneficiarios Urbanos”, sobre la base del Registro de Hogares elegibles para el subsidio monetario remitido por el RENIEC, en un plazo no mayor a 05 días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción.

4.4. CONSULTAS, ATENCIÓN DE QUEJAS, RECLAMOS O CAMBIO DE PERCEPTOR

(…)

4.4.2. La Oficina General de Administración tiene a su cargo la atención operativa de la Mesa de Ayuda.

4.4.4. La Dirección General de Promoción del Empleo, en coordinación con la Oficina General de Administración, elaborará los mensajes e instructivos para la absolución de consultas, atención de quejas, reclamos o cambio de perceptor, a través de la Mesa de Ayuda. La Oficina General de Administración capacitará a los proveedores encargados de la atención de las consultas, quejas, reclamos y cambio de perceptor.

4.4.5. La Dirección General de Promoción del Empleo propondrá el procedimiento para el cambio de perceptor, que será aprobado mediante Resolución Viceministerial.

Las solicitudes de cambio de perceptor que cuestionen la conformación del hogar beneficiario serán remitidos al RENIEC por la Dirección General de Promoción del Empleo, para su atención en el marco de sus competencias de elaboración, administración y soporte tecnológico del Registro Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 052-2020, lo cual será comunicado al solicitante a través de la Mesa de Ayuda.

(…)

4.4.7. La Oficina General de Administración ejecuta el procedimiento de cambio de perceptor, conforme a lo establecido en el procedimiento referido en el numeral 4.4.5.

4.4.8. La Oficina General de Administración evalúa los resultados de la operación de la Mesa de Ayuda.

5.2. El padrón de hogares beneficiarios puede ser actualizado mediante Resolución Ministerial, sobre la base del Registro Nacional.

(…)

5.4. La Dirección General de Promoción del Empleo emite opinión para la absolución de las consultas con relación a los criterios sobre la determinación de perceptores y procedimiento de cambio de perceptor.”

Artículo 3.- Apruébase la versión actualizada del documento denominado “Lineamientos para el Otorgamiento del Bono Universal”, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 190-2020-TR, conforme al Anexo Nº 2 que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 4.- Dispónese la publicación de la presente resolución ministerial y el Anexo Nº 2 en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

1913533-1

Presidente colombiano remarcó que se han cerrado negociaciones bilaterales con farmacéuticas Pfizer y AstraZeneca, además de con la plataforma Covax.

 

Presidente colombiano remarcó que se han cerrado negociaciones bilaterales con farmacéuticas Pfizer y AstraZeneca, además de con la plataforma Covax.

Colombia asegura 40 millones de vacunas contra el coronavirus, anuncia Iván Duque
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El presidente de Colombia, Iván Duque, anunció este viernes que ya se cerraron las negociaciones para adquirir 40 millones de dosis de la vacuna contra el coronavirus (Covid-19).

En tal sentido, Duque reiteró que en enero del próximo año se iniciará la vacunación masiva en el país.

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«Hemos cerrado negociaciones bilaterales con las farmacéuticas Pfizer y AstraZeneca, para la adquisición de 10 millones de dosis de la vacuna con cada una de ellas. Por otra parte, con la plataforma Covax Colombia ha adquirido 20 millones de dosis de la vacuna, para un total de 40 millones de dosis aseguradas», manifestó el mandatario.

A su turno, el ministro de Salud, Fernando Ruiz, destacó que la inyección será gratuita para todos los colombianos y que se aplicará progresivamente, iniciando con las personas de mayores de 60 años, personas con comorbiliidades o preexistencias y personal de la salud.

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«Para lograr una inmunidad de rebaño es necesario vacunar al 70 % de la población, es decir, 34.234.649 colombianos», explicó el ministro Ruiz.

Fuente: diario Expreso

Pilar Mazzetti: No sabemos cuándo ni cuántas vacunas contra el Covid-19 van a llegar al país

 

Pilar Mazzetti: No sabemos cuándo ni cuántas vacunas contra el Covid-19 van a llegar al país

A su turno, el presidente Francisco Sagasti sostuvo que su gobierno de transición recibió solo dos preacuerdos de la administración del vacado exmandatario Martín Vizcarra.

Pilar Mazzetti: No sabemos cuándo ni cuántas vacunas contra el Covid-19 van a llegar al país
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Incertidumbre. La ministra de Salud, Pilar Mazzetti, afirmó este miércoles que no sabemos cuándo ni cuántas vacunas contra el coronavirus (Covid-19) llegarán al país. «Cuándo y cuánto, no tenemos cómo saberlo», expresó durante conferencia de prensa del Ejecutivo.

No obstante, la titular del Minsa remarcó que hay conversaciones en curso con ocho laboratorios, como, por ejemplo, Sinopharm, Gamaleya, Astrazeneca, además de Pfizer y el mecanismo Covax Facility, para adquirir los sueros.

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«Para el próximo año todos los países del mundo están planificando hacer su vacunación, algunos, como Estados Unidos e inglaterra, han podido comenzar en el mes de diciembre. En un mundo ideal quisiéramos poder vacunarnos en el primer trimestre en relación con las elecciones, pero no es una decisión que dependa solo de nosotros», remarcó.

«Nosotros buscamos las mejores alternativas, pero hay empresas que ya nos han informado que su producción no es la prevista, que van a tener menos producción. Otras que sus ensayos clínicos se han caído, otras nos han informado que sus ensayos clínicos no están avanzando como se debe», agregó.

A su turno, el presidente de la República, Francisco Sagasti, sostuvo que su gobierno de transición recibió solo dos preacuerdos de la administración del vacado expresidente Martín Vizcarra para la compra de antídotos.

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«Lo único que hemos recibido del Gobierno anterior son dos acuerdos preliminares firmados -con Pfizer y Covax Facility-. El resto han sido conversaciones», refirió

Fuente: diario Expreso